Los ayuntamientos deberán justificar si existe aumento del valor de mercado del terreno.
El Tribunal Supremo ha dictado que para comprobar si un inmueble se ha vendido en pérdidas basta con comparar las escrituras de adquisición y transmisión del terreno.
No obstante, no es una prueba absoluta. Por eso, algunos ayuntamientos acreditan una ganancia en la venta, para que el contribuyente pague el Impuesto de Plusvalía Municipal, tras comprar el valor catastral que tenía el inmueble cuando se adquirió y transmitió. Sin embargo, el TS ha declarado que esta comparación no es válida. Lo que se debe comparar realmente es si se ha producido un aumento del valor de mercado del terreno, no el catastral.
Además, tanto el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como el Tribunal Supremo afirman que el aumento del valor catastral de un terreno no obliga a pagar el impuesto de Plusvalía Municipal.
Por otra parte, hay que tener en cuenta otro dato: El número de juzgados que permiten al contribuyente actualizar con el IPC el valor de adquisición del inmueble que quiere transmitir es cada vez mayor (por herencia o donación). Aplicando el IPC es posible evitar pagar el impuesto de plusvalía por haber pérdidas con la transmisión.
El Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo están de acuerdo en que el contribuyente está exento de pagar el impuesto de plusvalía municipal en caso de vender un inmueble a pérdidas.